Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 045/01
Fecha: 18-Jun-2001
“Para la asignación de concejalías la Corte Nacional Electoral, una vez concluido el cómputo municipal y aplicado el inciso precedente, procederá de la siguiente manera:”:
Para la asignación de Concejalías -señala la autoridad recurrida- aplicó estrictamente el art. 94-4) del Código Electoral, modificado por la Ley N° 2006 de 2 de septiembre de 1999, que en su numeral 5, dispone: “Para la asignación de concejalías la Corte Nacional Electoral, una vez concluido el cómputo municipal y aplicado el inciso precedente, procederá de la siguiente manera:”: