SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 047/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 047/01

Fecha: 18-Jun-2001

Fragmento 5

            Que mediante Resolución de 30 de julio de 1997 el Consejo Nacional de Cooperativas, del que es Presidente el Ministro del Trabajo, revocó la personalidad jurídica de la hasta entonces Cooperativa Rural Eléctrica La Paz (CORELPAZ Ltda.), de acuerdo con el art. 102 inciso d) de la Ley General de Sociedades Cooperativas, procediendo a la cancelación de su Registro, dando curso a la aplicación del art 66 de la Ley de Electricidad de 21 de diciembre de 1994, precepto que dispone la conversión de las cooperativas que desarrollan actividad en el rubro de electricidad, a sociedades anónimas para efecto de concesión de licencias.