SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 537/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 537/01-R

Fecha: 04-Jun-2001

IMPROCEDENTE

3.   La Resolución  cursante de fs. 78 y 79 dictada el 17 de  abril de 2001, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1) el Concejal Rubén Vaca, que ofició como Presidente para la sesión del 17 de marzo, cursó la citación con la firma de la Concejala Lourdes Cáceres, lo que significa que consintió “en su situación de Concejala”, lo que está contemplado en el art. 96-2) de la Ley No. 1836 como consentimiento libre y expreso, por tanto, la  sesión del 22 de marzo “contó con quórum”; 2)  el art. 40 de la Ley No. 2028 debe ser aplicado antes que el art. 13 del Reglamento interno del Concejo Municipal de Villamontes, de acuerdo al art. 228 de la Constitución Política del Estado.