SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 594/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 594/01-R

Fecha: 18-Jun-2001

2.

2.   De  fs. 92 a 94  cursa el acta de audiencia pública realizada el  7 de mayo  de 2001, en la cual el recurrente ratifica los términos de su demanda, agregando que desde el 30 de abril "la Oficialía del Registro Civil a su cargo ha sido coartada por la Dirección del Registro Civil" en varios aspectos, como ser la retención de los certificados "para que se coloque el sello seco" y la  negación de venta de certificados. Pide se declare procedente su Recurso.