SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/01

Fecha: 15-Jun-2001

II.5

II.5 Que, es imposible la pretensión de los recurrentes, ya sea en la vía de la demanda incidental planteada y menos en el Saneamiento a la propiedad agraria que el INRA ejecuta, porque la Ley Agraria sólo reconoce posesión legal en tierra fiscal, no siendo éste el caso del pastoreo colectivo “El Gramal” de su propiedad, pues al efecto el artículo 197 del citado Decreto define las posesiones legales y en su artículo 199  las ilegales.