SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/01

Fecha: 15-Jun-2001

Se reconocen, respetan y protegen en el marco de la Ley

“Artículo 171º.-  “I. Se reconocen, respetan y protegen en el marco de la Ley, los derechos sociales, económicos y culturales de los pueblos indígenas que habitan en el territorio nacional, especialmente los relativos a sus tierras comunitarias de origen,  garantizando el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a su identidad, valores, lenguas, costumbres e instituciones.”,