Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/01
Fecha: 15-Jun-2001
V.3
V.3 Que, el referido precepto constitucional se encuentra en el Título Tercero, relativo al Régimen Agrario y Campesino, establecido por la Ley Fundamental, de modo que su contenido debe ser interpretado dentro de ese contexto principalmente; esto es, que su interpretación no puede ser aislada e independiente de los otros artículos que conforman el citado Título.