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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/01
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 041/01

    Fecha: 15-Jun-2001

    IV.1

    IV.1  Que, el art. 59 de la Ley Nº 1836 prevé que: “El recurso indirecto o incidental procederá en los procesos judiciales o administrativos, cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos...”.

    • VISTOS
    • I.1
    • I.2
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • IV.1
    • Las tierras comunitarias de origen y las tierras comunales tituladas colectivamente
    • V.3
    • Se reconocen, respetan y protegen en el marco de la Ley
    • V.5

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