SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 659/01-R
Fecha: 03-Jul-2001
3.
3. La Resolución que sale a fs. 68 y 69, dictada el 16 de mayo de 2001, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1) la Directora Distrital de Educación ha expedido el memorado No. 022991 de 1 de abril de 2001, designando al recurrente docente de una Unidad Educativa, con lo que se ha subsanado la omisión y proceder indebido de las autoridades recurridas en cuanto a la destitución sin previo proceso de Florencio Gómez López; 2) la mencionada restitución, si bien no es en el mismo cargo, ha sido aceptada por el recurrente en audiencia, en consecuencia, “los motivos que generaron el presente Recurso de Amparo han desaparecido”.
3) De acuerdo a lo sostenido por el recurrente - no desvirtuado por las recurridas- fue destituido de sus funciones de Director a principios de la presente gestión, en virtud de lo que realizó una representación ante la Directora Distrital de ese momento, que emitió el memorando No. 21911 de 1 de febrero de 2001 (fs. 4), en el que lo ratifica en el cargo de Director de la Unidad Educativa “I.B.A. Metodista Calama” del turno de la noche.