SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 659/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 659/01-R

Fecha: 03-Jul-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos, REVOCA  la Resolución   cursante a fs.  68 y 69,  pronunciada el 16 de mayo de 2001 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, y declara PROCEDENTE el Amparo Constitucional interpuesto por  Florencio Gómez López, disponiéndose su restitución  en el cargo de Director de la Unidad Educativa “I.B.A. Metodista Calama” turno de la noche, y  el pago de sus haberes devengados. La Corte del Recurso dará aplicación  a lo dispuesto por el art. 102-II con relación al VI de la citada Ley, en cuanto a la responsabilidad civil a favor del recurrente.