Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 659/01-R
Fecha: 03-Jul-2001
Fragmento 10
De todo lo examinado, se concluye que las autoridades recurridas han incurrido en actos ilegales y omisiones indebidas al no garantizar al recurrente el ejercicio de las funciones de Director de una Unidad Educativa, y al asignarle el cargo de docente que no le corresponde, violando sus derechos a la dignidad, al trabajo, a un debido proceso, a la defensa y a la seguridad jurídica, ya que en inicialmente fue destituido sin previo proceso, y luego, se le asignó otro cargo en forma totalmente contraria a las normas legales que rigen la materia, aspectos que ameritan la otorgación de la protección inmediata que brinda este Recurso Extraordinario.