SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 659/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 659/01-R

Fecha: 03-Jul-2001

Fragmento 3

      Expresa que no existe ninguna denuncia en contra suya para que sea castigado por el Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio, Personal Docente y Administrativo, y que goza de inamovilidad de conformidad con los arts. 184 de la Constitución Política del Estado concordante con el art. 243 del Código de la Educación Boliviana, complementado con el 38 de la Ley No. 1565 y 73 del Reglamento de Escalafón Nacional del Servicio de Educación.