SENTENCIA Constitucional N° 695/01-r
Fecha: 10-Jul-2001
PROCEDENTE
3. La Resolución Nº 369/2001, que sale de fs. 32 a 33, declara PROCEDENTE el Recurso disponiendo que la autoridad recurrida de cumplimiento al punto segundo de la Resolución Administrativa Nº 201/2000 de 28 de abril de 2000 y los arts. 12 y 14 del D.S. Nº 24783 de 31 de julio de 1997. Con el fundamento de que la Aduana Nacional incurrió en un acto ilegal al pretender aplicar el art. 5-4) del D.S. Nº 24783 de manera retroactiva contraviniendo el art. 33 de la Constitución Política del Estado situación por la que el Ministerio de Hacienda no dio curso a las solicitudes de reconsideración solicitadas por la Aduana Nacional por cuanto el D.S. Nº 24783 es sólo aplicable a nuevas solicitudes de licencia de despachante de Aduana y no a la solicitud de reinscripción