Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 714/2001-R
Fecha: 13-Jul-2001
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución de fs. 28 vta. a 29 pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del Amparo Constitucional interpuesto por Rosa Carmen Salinas de Claros contra Cleto Cáceres Arce, Director Departamental del Servicio de Salud, M. Beatriz Zulser A., Jefe Regional del Medicamento, Farmacia y Laboratorio del SEDES y Alberto Moreira Claros, Asesor Legal; los antecedentes y:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- Procedente
- en mérito a que en ese local anteriormente funcionaba la Farmacia Elsita
- sin que corresponda por ello la revocatoria de la autorización otorgada.
- tampoco dan lugar a la revocatoria de la autorización de funcionamiento, que implica la clausura definitiva de la farmacia, extremo que sólo puede darse por las causales señaladas en los incs. a), b), c) y d) del Capítulo IV del Manual de Farmacias.
- “
- POR TANTO: