SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 850/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 850/01-R

Fecha: 13-Ago-2001

POR TANTO

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 93 de la Ley Nº 1836  REVOCA la Resolución revisada, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz y declara PROCEDENTE el Recurso, por consiguiente, en base a la nueva línea jurisprudencial, sin disponer la libertad de las recurrentes se determina la corrección del procedimiento, ordenando la devolución del  expediente al representante del Ministerio Público a objeto de que éste realice la solicitud fundamentada de la detención preventiva de las recurrentes para posteriormente, en el día, devolver al Juzgado Segundo de Sustancias Controladas para que dicten el Auto Motivado sobre Medidas Cautelares observando correctamente lo establecido por los arts. 233 y 236 de la Ley Nº 1970.