SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 878/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 878/01-R

Fecha: 21-Ago-2001

PROCEDENTE

3.   La Resolución que sale  de fs. 63 vta. a 64, declara PROCEDENTE el Recurso con el fundamento de que si bien la detención preventiva de los recurrentes fue dispuesta en cumplimiento de la Ley, el Ministerio Público no cumplió con el plazo otorgado por la Jueza de Instrucción para concluir la investigación. Asimismo la dilación del proceso afectaba el derecho a la libertad de los recurrentes.