SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 878/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 878/01-R

Fecha: 21-Ago-2001

sin solicitar la imposición de ninguna medida cautelar

2.   Que el 2 de noviembre de 2000, el investigador asignado al caso remitió el informe en conclusiones al Director Departamental de la FELCN, quien en el día puso a disposición del Fiscal demandado para que actúe conforme a Ley, quien mediante requerimiento de 4 de noviembre solicitó la apertura de proceso contra Elvio Peña Algarañaz  por la supuesta comisión del delito de tráfico y contra Lucia Barrios Bravo por el delito de complicidad en el tráfico de sustancias controladas, sin solicitar la imposición de ninguna medida cautelar. Remitiéndose las diligencias ante la Corte Superior de Distrito recién el 10 de noviembre de 2000 (fs. 44-48).