Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 901/01-R
Fecha: 29-Ago-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III, 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7-8) y 93 de la Ley No. 1836, REVOCA la Sentencia de fs. 154 a 156 de obrados, pronunciada el 01 de agosto de 2001, por la Sala Penal Segunda y declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que sin determinar la libertad del recurrente se dicte Auto motivado sobre medidas cautelares observando estrictamente lo dispuesto en el Libro Quinto sobre medidas cautelares previstas en el nuevo Código de Procedimiento Penal.