SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1013/01-R
Fecha: 21-Sep-2001
3.
3. La Resolución Nº 42/2001 de 23 de agosto de 2001, que corre a fojas 241 y 242, declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que el Juez de la causa expida mandamientos de libertad a favor de los recurrentes en forma inmediata, con el fundamento de que los recurridos, “al dictar la Resolución Nº 258/01 revocando la libertad preventiva apelada por la parte civil, no consideraron los antecedentes procesales adecuadamente, vulnerando los principios constitucionales sobre la presunción de inocencia, conforme establecen los arts. 6 del Código de Procedimiento Penal y 16 de la Constitución Política del Estado, sin tener en cuenta que según las nuevas disposiciones del Código de Procedimiento Penal, la regla es la libertad y la detención, la excepción” (sic).
3) En la referida audiencia, el Juez Cautelar dictó la Resolución Nº 16/01 (fs. 18 a 20), por la que, basándose en que no existe el requisito señalado en el numeral 2) del art. 233 de la Ley Nº 1970 y en aplicación de los arts. 16 de la Constitución Política del Estado, 6 y 7 del nuevo Código de Procedimiento Penal, “decretó libertad provisional” de los imputados hasta tanto se concluya la etapa preparatoria, e impuso como medidas cautelares la obligación de presentación cada lunes ante el Juez, Tribunal o autoridad que se designe, la prohibición de cambiar de domicilio, y la fianza económica de Bs. 7.000.- para cada uno de los sindicados.