Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1013/01-R
Fecha: 21-Sep-2001
Fragmento 3
Relatan que remitidos los antecedentes ante el Juez Cautelar, éste emitió la Resolución Nº 16/01 en la que “decretó su libertad provisional”, imponiéndoles la obligación de concurrir todos los lunes ante el Juez, Tribunal o autoridad que se designe, la prohibición de cambiar domicilio y la fianza económica de Bs. 7.000.- para cada uno de los imputados. Al estimar que el monto fijado como fianza no se ajusta a su realidad económica, apelaron de la referida decisión, la misma que por resolución de los recurridos fue revocada, quienes dispusieron su inmediata detención “bajo argumentos completamente ilegales y atentatorios a los derechos consagrados en la Constitución Política del Estado”.