Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1015/01-R
Fecha: 21-Sep-2001
el D.S. Nº 25722 de 31 de marzo de 2000
Por su parte, el D.S. Nº 25722 de 31 de marzo de 2000, que reglamenta el proceso de recuperación de adeudos al Servicio Social Obligatorio y el flujo de recursos de inversión del FCI en valores del Tesoro General de la Nación, en su art. 12 prevé que las contribuciones al Seguro Social Obligatorio tendrán la calidad de beneficios sociales, y sus privilegios, a los efectos de su cobro, gozan de los derechos establecidos en el Código Civil, Código de Comercio y disposiciones conexas.