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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 964/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 964/01-R

    Fecha: 14-Sep-2001

    POR TANTO:

    POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado, 7.8) y 102-V de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos, APRUEBA  la Resolución cursante a fs. 80,  pronunciada el 7 de agosto de 2001 por la Sala Social, Administrativa  y Minera de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni.

    • Vistos:
    • 1.
    • a)
    • 3.
    • 2)
    • 5)
    • CONSIDERANDO:
    • al no haberlo hecho -pese a haber sido legalmente notificado- ha omitido el ejercicio de un derecho, por lo que no puede pretender que por medio del Amparo Constitucional se subsane su negligencia y omisión,
    • POR TANTO:

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