Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 988/01-R
Fecha: 17-Sep-2001
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 93 y 7-8ª de la Ley Nº 1836, REVOCA la Sentencia de fs. 26 vta.- 27 de 24 de agosto de 2001, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija y declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que el Juez de la causa dé adecuado cumplimiento al art. 241 del Código de Procedimiento Penal.