SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 59/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 59/02-R

Fecha: 18-Ene-2002

8)

8)   Por nota de 1 de noviembre (fs. 197), el Presidente del Concejo Municipal de Uriondo, solicitó a la Corte Departamental Electoral de Tarija la acreditación de un Vocal para asistir a la sesión de votación de la moción de censura, a realizarse el 6 de noviembre. Mediante Resolución Nº 041/01 de 5 de noviembre (fs. 189), la referida Corte acreditó a Luis Gerardo Prudencio Reyes para que asista a la reunión indicada.