SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 59/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 59/02-R

Fecha: 18-Ene-2002

Fragmento 3

      Asevera que el Presidente de la Corte Departamental Electoral, como acreditado para verificar la sesión en la que se trató la moción de censura,  no cumplió con la labor de garantizar la vigencia de las normas legales que regulan el procedimiento de la censura. Indica que, además, su situación se ha complicado con la instauración de dos procesos  administrativos internos y una querella criminal en contra suya, todo ello por la injusta imputación relativa a la adquisición para el Municipio de un vehículo supuestamente robado, y sin tomar en cuenta que en ninguno de los tres procesos existe resolución que establezca su responsabilidad, se lo ha destituido de la Alcaldía, violando los principios de presunción de inocencia y  del “non bis in idem”.