II.1.
II.1. El Juez Décimo de Partido en lo Civil de la ciudad de La Paz, Reynaldo Fernández, que inicialmente debió hacer cumplir la SC. 790/2001-R de 27 de julio, se excusa de seguir conociendo la causa con el fundamento de que sostiene un criterio distinto al del Tribunal Constitucional (fs. 178 ).
