AUTO CONSTITUCIONAL 21/2002-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 21/2002-O

Fecha: 08-Oct-2002

II.3.

II.3.          El Tribunal de Amparo, o sea la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de La Paz, conformada por los vocales Jesús Rada Chávez y Marlene Terán de Millan, no hace el seguimiento adecuado del proceso para supervisar la ejecución de la sentencia y da curso irregular a la excusa del Juez Décimo de Partido en lo Civil, Reynaldo Fernández, expresando el mencionado Juez cuando debió reprimir esa incidencia de acuerdo con lo dispuesto por el art. 4.3 CPC.