II.4.
II.4. Asimismo, la Asesora Legal de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, Ivonne Quintela León (fs. 181), dirige oficio al Juez Undécimo de Partido en lo Civil y le solicita emita un pronunciamiento acerca del caso (fs. 181) o sea sobre la retención de fondos a favor del recurrente, circunstancia que demuestra que la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras debió proceder ya a dicha retención, en la fecha en que dirigió el oficio de 7 de marzo de 2202 al citado Juez; no obstante de lo cual éste ordena a la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras la retención de fondos mediante oficio de 17 de junio de 2002.
