Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1231/2002 - R
Fecha: 14-Oct-2002
I.2.1
La abogada de los recurrentes ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió indicando que el recurrido ha incumplido con los arts. 90, 687 y sgtes. CPC y vulnerado el art. 32 CPE, dado que les ha privado de ejercer su derecho a interponer reposición, condenándoles a someterse a un proceso ordinario.