SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2002-R

Fecha: 14-Oct-2002

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara  procedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) por el principio de igualdad jurídica, el recurrente debió ser sometido a la jurisdicción y competencia de los tribunales disciplinarios policiales que son los encargados de procesar y juzgar  al personal por faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones; 2) se omitió el debido proceso que es un derecho fundamental  inspirado en los principios superiores y en valores universales, resumidos en el art. 16 CPE, Declaración Universal de los Derechos Humanos y Pacto de San José de Costa Rica incluyendo la igualdad, presunción de inocencia  mientras no se demuestre lo contrario en juicio ante los tribunales competentes; 3) nadie puede ser condenado sin haber sido oído y juzgado en proceso legal, lo que no ha ocurrido en el presente caso.

En consecuencia, el caso planteado se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la Ley Fundamental, de manera que el Tribunal de Amparo Constitucional al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.