Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1269/2002 - R
Fecha: 21-Oct-2002
I.2.1
El abogado del recurrente, ratificó y amplió los fundamentos de la demanda, indicando que no se trata de una cuestión de fondo para ampararse en el argumento que exponen los recurridos, con el cual le perjudican, pues no obstante que ha cumplido con todo las medidas impuestas no puede obtener su libertad porque los recurridos se declaran incompetentes.