SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2002-R

Fecha: 21-Oct-2002

II.2.

II.2.   En ejecución de sentencia, el recurrente adjuntando un registro domiciliario de 3 de octubre de 2001 que acredita que su domicilio se encuentra en calle Moldes 724, planteó el incidente de nulidad de citación y nulidad de obrados, que mereció el Auto de 6 de noviembre de 2001 dictado por la juzgadora recurrida, que rechazó el incidente incoado, con el fundamento de que previo aviso judicial y por orden del juez, se procedió a la citación por cédula del recurrente en la calle Sucre 355 y de la misma manera se le citó con la sentencia, la cual se encuentra ejecutoriada, sin que pueda suspenderse su ejecución por ningún motivo cual señala el art. 517 CPC (fs. 89-93).