SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1295/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
II. CONCLUSIONES
Hecha la debida revisión y compulsa de los antecedentes, se llega a la conclusión de que el presente recurso es interpuesto por los actores, Fiscales de Materia, aduciendo que los Vocales recurridos, que conocieron el hábeas corpus interpuesto por Jorge Iriarte Sánchez y Rodolfo Antelo Garrido en representación sin mandato de Daniel Alejandro Doering Villarroel y Antonio Spagnuolo Sánchez, no cumplieron la SC 764/2002-R, que aprobó la procedencia dispuesta por aquellos, habiendo ordenado en forma ilegal se remitan obrados ante el Juez siguiente en número a la Jueza recurrida, lo que atenta contra los derechos al debido proceso y a la seguridad jurídica. Corresponde analizar si dichos extremos son ciertos y si dan lugar al otorgamiento de la tutela buscada.
- Jaime García Meruvia y Gualberto Villarroel Román, Fiscales de Materia
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, Vocales de la Sala Penal Segunda,
- a)
- PROCEDENTE
- II. CONCLUSIONES
- III.1.
- si bien es evidente la dilación innecesaria en el cumplimiento de la SC 764/2002-R por parte del Tribunal de hábeas corpus
- III.3.
- III.4.
- POR TANTO: