Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1295/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
Jaime García Meruvia y Gualberto Villarroel Román, Fiscales de Materia
En revisión, la Sentencia de 21 de agosto de 2002 cursante de fojas 76 a 79, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Jaime García Meruvia y Gualberto Villarroel Román, Fiscales de Materia contra Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, Vocales de la Sala Penal Segunda, alegando la vulneración de la garantía del debido proceso y la seguridad jurídica.
- Jaime García Meruvia y Gualberto Villarroel Román, Fiscales de Materia
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, Vocales de la Sala Penal Segunda,
- a)
- PROCEDENTE
- II. CONCLUSIONES
- III.1.
- si bien es evidente la dilación innecesaria en el cumplimiento de la SC 764/2002-R por parte del Tribunal de hábeas corpus
- III.3.
- III.4.
- POR TANTO: