I.3. Petición
Solicita dicte sentencia constitucional declarando la nulidad, tanto de la resolución a través de la cual se adjudica la construcción del Hospital del Seguro Social Universitario de La Paz, como del acto de notificación, además se cumpla con la recomendación emitida por el P.N.U.D., es decir, adjudicar a la empresa cuya oferta es la más baja y que cumplió con los requisitos establecidos en los documentos de licitación cláusula F, numeral 31.1 con sujeción a los dispuesto en el numeral 32, y a efecto de una correcta notificación, se cumpla lo establecido en el numeral 33.4 del precitado documento de licitación.
- Juan Hector Azcui Sandoval en representación de la Compañía Boliviana de Ingeniería S.R.L. contra Gonzalo Taboada López Gabriel Vela Quiroga, representantes del Seguro Social Universitario de La Paz,
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petición
- II. ANÁLISIS DE LA EXISTENCIA DE CONTENIDO JURÍDICO CONSTITUCIONAL
- judiciales, procesos administrativos o trámites administrativos en curso, como el que nos ocupa,
- la impugnación de actos ilegales
- Si bien el Seguro Social Universitario, puede adjudicar la construcción del Hospital a una determinada empresa (...)”.
- no siendo el recurso directo de nulidad la vía establecida para reparar tal lesión al debido proceso.
