cuya decisión dependa
El artículo 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad "procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos...", lo que significa que el recurso sólo procede cuando la disposición legal sobre cuya constitucionalidad exista duda, tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo.
- M. Celina Herbas Herbas, Jueza de Instrucción Tercera en lo Penal- Liquidadora de Cochabamba
- Fragmento 2
- el art. 4 inc. 10 de la Resolución Senatorial 059/01-02 de 24 de enero de 2002
- rechaza el incidente
- cuya decisión dependa
- , una sentencia o resolución final
- la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso,
- carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional
- art. 4 inc. 10 de la Resolución Senatorial 059/01-02 de 24 de enero de 2002
- APRUEBA
