AUTO CONSTITUCIONAL 545/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 545/2002-CA

Fecha: 26-Nov-2002

Fragmento 2

           Mediante Oficio de 14 de octubre de 2002 la Decana en Ejercicio de la Presidencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, Ma. del Carmen Ponce de Rocha, eleva en consulta la resolución pronunciada por M. Celina Herbas Herbas, Jueza de Instrucción Tercera en lo Penal- Liquidadora de Cochabamba, de 2 de septiembre de 2002, que rechaza promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad solicitado por  Walter Santiago Claros Claros. Al no haberse remitido  los originales de la solicitud de que se promueva el incidente, la respuesta y el auto de rechazo, el que si bien se acompaña en fotocopias legalizadas, las mismas son ilegibles, y fotocopias legalizadas de los actuados correspondientes al proceso dentro del que se solicitó el incidente en cuestión que permitan formar convicción sobre el tipo de proceso y el estado del mismo,  por Auto Constitucional 472/2002-CA de 21 de octubre de 2002 se dispone  la remisión de dichos actuados. En  25 de octubre de 2002 se remite la misma fotocopia legalizada ilegible del auto en consulta, el memorial de solicitud del incidente y algunos actuados, por lo que, al no haberse dado cumplimiento al citado auto constitucional, se conmina a la autoridad remitente dar cumplimiento al auto constitucional, la misma que mediante nota de 8 de noviembre de 2002 remite el cuerpo 14 del proceso en el que se encuentran los actuados del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad que nos ocupa.