SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2002-R

Fecha: 01-Nov-2002

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

En la demanda presentada el 25 de septiembre de 2002 (fs. 13 y 14), el recurrente  aduce que por Resolución emitida por el Juez recurrido fue beneficiado con la suspensión condicional de la pena, beneficio que recién  se efectivizó en virtud a la resolución  de un hábeas corpus  que interpuso anteriormente, pues “estaba detenido simplemente porque no se había hecho reparar un vehículo dañado”; empero, el 24 de septiembre el recurrido lo ha detenido nuevamente, allanando su domicilio en forma ilegal, amparándose en un mandamiento de condena y  arguyendo que se le habría revocado  la  suspensión condicional de la pena supuestamente por no haber hecho reparar el motorizado siniestrado, lo que es falso, y contrario a las disposiciones de la Ley 1602, de Abolición de Prisión y Apremio Corporal por Obligaciones Patrimoniales (LAPACOP) y  art. 62 del Código Penal (CP).