Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
III.3.
III.3. En el caso venido en revisión, el Juez demandado, al deferir al pedido de la parte civil, nuevamente ha conculcado el derecho a la libertad de locomoción del recurrente al revocar la suspensión condicional de la pena y ordenar su detención mediante un mandamiento de condena, basándose en el incumplimiento en la reparación del vehículo siniestrado, cuando ya en el fallo constitucional referido se declaró que no puede privarse a Rafael Félix Gutiérrez Constancio de gozar del mencionado beneficio bajo el argumento de no haber efectuado dicha reparación.