SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1325/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1325/2002-R

Fecha: 01-Nov-2002

II.2.

II.2. Que, el recurrente apoyado en la previsión contenida en el art. 239-1) CPP solicitó al Juez Primero de Instrucción en lo Penal Liquidador de El Alto cesación de su detención preventiva, solicitud que fue declarada improcedente mediante Resolución 132/2002, de 14 de mayo, (fs. 27), habiendo dicho recurrente en 17 de mayo de 2002 planteado recurso de apelación (fs. 28), pendiente de resolución.