SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1326/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
Que, en el documento base de la ejecución sus mandantes prestaron su inmueble para que se pueda ofrecer y otorgar en calidad de garantía real y fianza. El Tribunal Constitucional mediante Sentencia 1327/2001-R de 12 de diciembre, estableció como principio que sólo se puede ejecutar lo que se ha otorgado en garantía. Sin embargo, en su caso el Juez recurrido ordenó el embargo de un inmueble de Santa Cruz y que no es parte de la garantía hipotecaria, asimismo dispuso retenciones y congelamiento de cuentas bancarias de sus representados.
Que, las ilegalidades de referencia han sido puestas a conocimiento de la autoridad judicial, quien ha puesto una serie de obstáculos y dilaciones para evitar la resolución correspondiente, hasta que el 14 de los corrientes se enteraron que rechazó las excepciones opuestas y solicitud de dejar sin efecto medidas precautorias.
Que, en el documento base de la ejecución sus mandantes prestaron su inmueble para que se pueda ofrecer y otorgar en calidad de garantía real y fianza. El Tribunal Constitucional mediante Sentencia 1327/2001-R de 12 de diciembre, estableció como principio que sólo se puede ejecutar lo que se ha otorgado en garantía. Sin embargo, en su caso el Juez recurrido ordenó el embargo de un inmueble de Santa Cruz y que no es parte de la garantía hipotecaria, asimismo dispuso retenciones y congelamiento de cuentas bancarias de sus representados.
Que, las ilegalidades de referencia han sido puestas a conocimiento de la autoridad judicial, quien ha puesto una serie de obstáculos y dilaciones para evitar la resolución correspondiente, hasta que el 14 de los corrientes se enteraron que rechazó las excepciones opuestas y solicitud de dejar sin efecto medidas precautorias.
- Gonzalo Guzmán Alvarado en representación de Nicolás Guzmán Montaño, Valentina Alvarado de Guzmán, Mario Guzmán Montaño y Víctor Guzmán Montaño
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- subsidiariedad