SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1326/2002-R
Fecha: 01-Nov-2002
III.1.
III.1. Que, el amparo constitucional es un recurso extraordinario que tiene por finalidad otorgar protección inmediata a las personas, cuyos derechos y garantías constitucionales se encuentran lesionados o existe amenaza de que ello se produzca, por actos ilegales u omisiones indebidas de funcionarios o particulares, siempre y cuando no exista otro medio legal para su defensa, como establece el art. 19-IV de la Constitución Política del Estado (CPE), norma con la que concuerda el art. 96-1 LTC.
III.1. Que, el amparo constitucional es un recurso extraordinario que tiene por finalidad otorgar protección inmediata a las personas, cuyos derechos y garantías constitucionales se encuentran lesionados o existe amenaza de que ello se produzca, por actos ilegales u omisiones indebidas de funcionarios o particulares, siempre y cuando no exista otro medio legal para su defensa, como establece el art. 19-IV de la Constitución Política del Estado (CPE), norma con la que concuerda el art. 96-1 LTC.
- Gonzalo Guzmán Alvarado en representación de Nicolás Guzmán Montaño, Valentina Alvarado de Guzmán, Mario Guzmán Montaño y Víctor Guzmán Montaño
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- subsidiariedad