Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1383/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
II.3.
II.3. En 2 de septiembre de 2000 (fs. 28 vta.), con la respuesta de la parte adversa, se abrió un plazo probatorio de seis días. Por Resolución de 26 de octubre de 2000 (fs. 57), el Juez Undécimo de Partido en lo Penal, donde se tramitó la causa, rechazó el incidente de nulidad de citación y obrados. Contra este Auto, la recurrente planteó reposición con alternativa de apelación en 25 de noviembre de 2000 (fs. 61 y 62), siendo concedida la alzada por Auto de 27 de noviembre de ese año (fs. 62 vta.). No consta en el expediente remitido a este Tribunal el fallo que habría resuelto tal apelación, ni reclamo alguno de la parte interesada.