SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1383/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1383/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

II.5.

II.5.    A través del memorial de 10 de julio de 2001 (fs. 129 y 130), la recurrente formuló nuevamente incidente de nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo alegando irregularidad en la citación con la demanda y Auto Intimatorio por no haberse consignado el año en la diligencia, siendo rechazado por el Juez, en  26 de julio de ese año (132), determinación que fue apelada (fs. 134), dando lugar al Auto de 9 de enero de 2002 (fs. 240), por el que la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Distrito, rechazó el memorial de incidente por ser extemporáneo, ya que el proceso ejecutivo, al momento de presentación del mismo, contaba con Auto de Vista.