SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1387/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
II.1
II.1 La Alcaldía Municipal de Cochabamba, afectó terrenos de propiedad del Cabildo Eclesiástico de la Arquidiócesis de Cochabamba, procediendo a la compensación a su favor con una superficie de 9.481 m2 (fs. 1-6 vta.) de acuerdo a la Resolución Municipal 2424/81 de 17 de agosto de 1981 (fs. 7), aprobada por el DS. 18811 de 2 de febrero de 1982. El Cabildo Eclesiástico, otorgó el poder 360/89 de 29 de junio a Oscar Angulo Torne, para que venda y transfiera la extensión superficial de 5.000 m2 de su propiedad a título de compensación efectuada por la Alcaldía Municipal de Cochabamba. (fs. 12-13), quien con esa facultad transfirió a los recurrentes y otros diferentes lotes de terreno cuyas minutas de transferencia cursan con reconocimientos de firmas, extrañándose el documento correspondiente a Fernando Uribe Encinas. (14 a 20).