SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1436/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1436/2002-R

Fecha: 25-Nov-2002

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el  9 de septiembre de 2002 (fs. 8), y el memorial de 12 del mismo mes y año (fs. 12), la recurrente manifiesta que dentro del proceso ordinario Canedo/Canedo, por nulidad de venta, la Jueza de la causa dictó la ejecutoria el 1 de marzo de 2001, que fue notificada a la parte perdidosa el 9 del mismo mes y año, habiendo vencido el plazo fatal y perentorio de la parte contraria para plantear compulsa el 12 de marzo de 2001. Sin embargo, los Vocales recurridos admitieron y declararon legal la compulsa interpuesta el 7 de agosto de 2002, -fuera de término-, a través de la resolución 049/02 de 23 del mismo mes y año, casi 500 días de vencido el término fatal, amenazando así la seguridad jurídica que deben generar las resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada, además que sobre el mismo objeto de la compulsa, el Tribunal Constitucional ya rechazó las pretensiones de la parte perdidosa.