Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1436/2002-R
Fecha: 25-Nov-2002
III.2.
III.2. En el caso de autos, no procede el recurso de compulsa contra la supuesta negativa de la apelación contenida en el Auto de 1 de mayo de 2001 que declara la caducidad del recurso de apelación y la ejecutoria de la sentencia, toda vez que con carácter previo, la parte afectada debió impugnar esa decisión mediante un recurso de apelación, tal como reconoce la SC 171/2002 de 27 de febrero dictada dentro de un amparo anterior. Ahora bien, a esa omisión se suma el hecho de que la compulsa fue planteada a más de un año de dictado el auto de ejecutoria, fuera del plazo señalado por el art. 285.I CPC.