Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1436/2002-R
Fecha: 25-Nov-2002
III.1.
III.1. El recurso de compulsa procede, entre otros casos, por negativa indebida del recurso de apelación, y si es planteado contra un juez o tribunal con asiento en el mismo lugar que el del superior en grado, el litigante ocurrirá ante éste dentro del plazo fatal de tres días computable desde que se le hubiera notificado con la negativa, refutando los fundamentos que tuvo el inferior, cual prescriben los arts. 283.1) y 285.I CPC.