Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 93/2002
Fecha: 04-Nov-2002
II.4.
II.4. El 22 de junio de 2002, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz -hoy recurrido- por Auto Interlocutorio de la fecha admitió la oferta de pago seguida de consignación, corriendo en traslado al Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Santa Cruz, representado por el recurrente, para su citación conforme a derecho. (fs. 24; 155)