SENTENCIA CONSTITUCIONAL 105/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 105/2002

Fecha: 20-Dic-2002

III.2

III.2.   Ahora bien, en cuanto a la competencia del Superintendente de Recursos Jerárquicos para el caso concreto, la misma se abrió cuando se remitió a su conocimiento y admitió el recurso jerárquico planteado por la AFP Futuro de Bolivia contra la Resolución Administrativa SPVS-P Nº 296/2002 de 2 de abril de 2002 dictada por el Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros, habiendo resuelto dicho recurso, a través de la Resolución Jerárquica SRJ-RJ 008/2002 de 15 de agosto de 2002, con plena jurisdicción y competencia, por cuanto revocó y dejó sin efecto la resolución recurrida, pronunciándose sobre el fondo de la cuestión planteada, en estricta aplicación del marco normativo antes descrito, así como de los art. 37.b.1 y 2 del DS 25207, norma esta última que define la Resolución definitiva de la Superintendencia de Recursos Jerárquicos como aquella que “resuelve sobre el fondo de una cuestión planteada, declarando la existencia de un derecho que impone el cumplimiento de una prestación positiva o negativa, o crea, modifica o extingue un derecho y que causa estado al no admitir la continuación de otro procedimiento administrativo o recurso por esta vía”.